Qué cubre un seguro de decesos

Un seguro de decesos no paga dinero: se encarga del entierro o la incineración para que la familia no tenga que organizarlo ni adelantar el coste en el peor momento.

Un seguro de decesos cubre el servicio funerario del asegurado cuando fallece: ataúd o urna, tanatorio, traslado, inhumación o incineración y los trámites básicos. La aseguradora lo organiza y lo paga directamente, hasta el capital pactado en la póliza. Muchas pólizas añaden repatriación, asistencia en viaje, gestiones administrativas y orientación jurídica para la familia.

El servicio funerario

Es el corazón del seguro y lo que lo distingue de cualquier otro. La Ley de Contrato de Seguro lo define como el seguro por el que la aseguradora se obliga a prestar los servicios funerarios pactados en la póliza cuando fallece el asegurado. Lo habitual es que incluya:

  • El ataúd o la urna, y el acondicionamiento del cuerpo.
  • La sala de tanatorio durante el velatorio.
  • El coche fúnebre y el traslado dentro de la localidad.
  • La inhumación en nicho o sepultura, o la incineración.
  • Esquela, recordatorios y corona o centro de flores.
  • Los trámites para inscribir la defunción y obtener los certificados.

Lo que suelen añadir

CoberturaPara qué sirve
Traslado nacionalLlevar al fallecido a otra localidad de España, si allí se quiere el sepelio
RepatriaciónTraer al asegurado si fallece en el extranjero, que es de lo más caro de organizar
Asistencia en viajeGastos médicos y regreso si enfermas o tienes un accidente viajando
GestoríaPensiones de viudedad y orfandad, bajas de servicios, certificados
Orientación jurídicaHerencia y testamento, normalmente por teléfono
Apoyo psicológicoSesiones para la familia en el duelo
Cada póliza tiene las suyas. Lo que vale es lo que dicen sus condiciones, no el folleto.

Lo que no cubre

  • Los servicios que superen el capital asegurado: si la familia elige algo más caro, la diferencia la paga ella.
  • Las personas que no figuran en la póliza, aunque vivan en la misma casa.
  • Lo que excluya una carencia: algunas pólizas no cubren el fallecimiento por enfermedad durante un tiempo desde el alta.
  • Un capital en dinero para los herederos: eso es un seguro de vida, no de decesos.

Si la familia elige otra funeraria

Puede pasar: el fallecimiento ocurre lejos, o la familia prefiere una funeraria concreta. La Ley de Contrato de Seguro prevé que, si el servicio no lo presta la aseguradora, esta pague la suma asegurada a los herederos. Conviene avisar a la aseguradora cuanto antes, porque organizar el servicio por su cuenta evita adelantar el dinero.

Tener dos seguros de decesos no da dos entierros

Es más frecuente de lo que parece: una póliza que viene de los padres y otra que se contrató con el banco, o dos que cubren a la misma persona desde dos hogares. Solo se presta un servicio. Si sospechas que pagas dos, mira los recibos domiciliados de los últimos meses antes de dar de baja ninguna.

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Preguntas frecuentes

¿El seguro de decesos cubre la incineración?

Sí, la mayoría de pólizas permiten elegir entre inhumación e incineración. Si tienes una preferencia, puedes dejarla anotada en la póliza para que la familia no tenga que decidirlo.

¿Quién tiene que llamar a la aseguradora?

Cualquier familiar o el propio centro donde ocurra el fallecimiento. Las aseguradoras tienen un teléfono de atención permanente, y basta con el nombre y el DNI del asegurado.

¿Puedo incluir a mis padres en mi póliza?

Depende de la aseguradora y de su edad. Muchas permiten incluir a familiares que convivan contigo, y cada asegurado añade su propia prima.

Revisado el . Esta guía es información general, no asesoramiento contratado.

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