¿Cubre el seguro de hogar una inundación?
Depende de por dónde ha entrado el agua. Y la respuesta sorprende a casi todo el mundo: en las grandes inundaciones no paga tu aseguradora, paga un organismo público.
Una inundación por desbordamiento de ríos, lluvias torrenciales o embates del mar la indemniza el Consorcio de Compensación de Seguros, no la aseguradora, siempre que la vivienda tenga un seguro de hogar en vigor. El agua de una tubería rota o la lluvia que entra por el tejado o la azotea las cubre la propia aseguradora, con las condiciones de la póliza.
Quién paga, según por dónde entró el agua
| Qué ha pasado | Quién paga |
|---|---|
| Se desborda un río, un arroyo o una rambla | El Consorcio de Compensación de Seguros |
| El terreno se anega por lluvias o deshielo | El Consorcio de Compensación de Seguros |
| El mar entra en la costa por un temporal | El Consorcio de Compensación de Seguros |
| Llueve sobre el tejado o la azotea y entra en casa | Tu aseguradora, como fenómeno atmosférico |
| Se atasca un desagüe o rebosa un patio | Tu aseguradora, según la póliza |
| Se rompe una tubería o un electrodoméstico | Tu aseguradora, como daños por agua |
Qué es el Consorcio y por qué paga él
Es una entidad pública que cubre los riesgos extraordinarios —inundaciones, terremotos, vientos huracanados, terrorismo— que ninguna aseguradora podría asumir sola. Se financia con un recargo que va incluido en el recibo de tu seguro de hogar. Por eso basta con tener una póliza en vigor y al corriente de pago: no hace falta contratar nada más.
Cómo reclamar al Consorcio
Haz fotos y vídeo antes de tirar nada
De los daños, del nivel que alcanzó el agua y de lo que se ha estropeado.
Guarda las facturas y los objetos dañados
Los peritos pueden querer verlos. Si tienes que retirarlos, que quede constancia.
Presenta la solicitud
En la web del Consorcio, por teléfono, o a través de tu aseguradora o tu mediador.
Ten a mano tu póliza
El Consorcio indemniza con los capitales y condiciones de tu seguro de hogar.
¿Quieres saber qué cubre tu póliza?
Te ponemos en contacto con un corredor de seguros que puede revisarla contigo y, si no te cubre lo que necesitas, darte presupuesto de una que sí. Gratis y sin compromiso.
Que revisen mi casoDe dónde sale esto
- Consorcio de Compensación de Seguros — Entidad pública que indemniza los riesgos extraordinarios, como las inundaciones
- Boletín Oficial del Estado (BOE) — Ley de Contrato de Seguro, texto consolidado
Preguntas frecuentes
¿Y si no tengo seguro de hogar?
El Consorcio solo indemniza a quien tiene una póliza en vigor que incluya su recargo. Sin seguro, la vía son las ayudas públicas que se aprueben para esa catástrofe.
¿Me sube el seguro si reclamo al Consorcio?
El siniestro lo paga el Consorcio, no tu aseguradora. Aun así, cada aseguradora fija la prima de la renovación, así que conviene mirarla cuando llegue.
¿El coche inundado lo paga también el Consorcio?
Sí, si el coche tiene un seguro en vigor, aunque sea solo el obligatorio. La inundación extraordinaria la cubre el Consorcio para vehículos igual que para viviendas.
Revisado el . Esta guía es información general, no asesoramiento contratado.