Tormentas, viento y granizo: a partir de cuándo paga el seguro
Una tormenta no basta. Para que el seguro pague tiene que llover o soplar por encima de lo que dice tu póliza, y eso se comprueba con los datos de la estación meteorológica.
El seguro de hogar cubre los daños por lluvia, viento, granizo o nieve como fenómenos atmosféricos, pero solo cuando superan los umbrales de intensidad que fija cada póliza, medidos en la estación meteorológica más cercana. El granizo y la nieve suelen cubrirse sin umbral. Cuando el viento es huracanado o la lluvia desborda cauces, deja de pagar la aseguradora y paga el Consorcio de Compensación de Seguros.
Los tres escalones
| Intensidad | Quién paga |
|---|---|
| Por debajo del umbral de la póliza | Nadie: se considera desgaste o mantenimiento |
| Por encima del umbral de la póliza | Tu aseguradora, como fenómeno atmosférico |
| Viento huracanado o inundación extraordinaria | El Consorcio de Compensación de Seguros |
Cómo se comprueba
La aseguradora consulta los registros de la estación meteorológica más cercana para el día del daño. Si no llegan al umbral, puede rechazar el siniestro aunque en tu calle pareciera el diluvio. Si crees que la medición no representa lo que pasó en tu zona, se puede pedir un informe meteorológico y discutirlo.
Lo que suele quedar fuera
- Las goteras por una cubierta en mal estado, aunque aparezcan el día de la tormenta.
- El agua que entra por ventanas o puertas que se quedaron abiertas.
- Toldos, antenas y elementos exteriores, que muchas pólizas limitan o excluyen.
- Los daños en jardines, árboles y plantas, salvo cobertura específica.
¿Quieres saber qué cubre tu póliza?
Te ponemos en contacto con un corredor de seguros que puede revisarla contigo y, si no te cubre lo que necesitas, darte presupuesto de una que sí. Gratis y sin compromiso.
Que revisen mi casoDe dónde sale esto
- Consorcio de Compensación de Seguros — Entidad pública que indemniza los riesgos extraordinarios, como las inundaciones
- Boletín Oficial del Estado (BOE) — Ley de Contrato de Seguro, texto consolidado
Preguntas frecuentes
¿Y si me rechazan el parte por no llegar al umbral?
Pide por escrito el dato que usaron y de qué estación. Puedes reclamar al servicio de atención al cliente de la aseguradora y, si no te responde o no te da la razón, al servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros.
¿Cubre el seguro un árbol que cae sobre mi casa?
Si cae por viento por encima del umbral de la póliza, sí, como fenómeno atmosférico. Si el viento fue huracanado, lo cubre el Consorcio.
Revisado el . Esta guía es información general, no asesoramiento contratado.